Ratificada la multa de 26,9 millones a Lactalis, Pascual, Nestlé, Schreiber y Celega. Capsa, Puleva y Danone ven reducida la multa
El fallo de la Audiencia Nacional que confirma las multas dictadas por Competencia abre la puerta a que las granjas cursen las correspondientes peticiones de indemnizaciones contra las industrias lácteas multadas. Solo en Galicia se calcula que alrededor de 7.000 granjas han iniciado el proceso para presentar las correspondientes reclamaciones a través de los juzgados del mercantil, un proceso que estaba solo pendiente de arrancar a que llegara este fallo de la Audiencia Nacional.
Los mayores importes de sanción corresponden a Lactalis, Pascual y Nestlé, que suman 26,9 millones de euros. El fallo judicial abre las puertas a las reclamaciones de indemnización de los ganaderos contra las empresas
La Audiencia Nacional ha emitido la sentencia sobre el llamado cártel de la leche, con la que se pronuncia sobre la decisión de la Comisión Nacional de la Competencia de sancionar con 80 millones de euros a un grupo de industrias lácteas. El fallo de la Audiencia confirma la multa a cinco industrias y estima parcialmente los recursos de otras tres industrias por errores en los periodos de cálculo, por lo que le pide a la Comisión Nacional de la Competencia que recalcule la sanción para estos tres casos.
La sentencia confirma las multas a Calidad Pascual, con 8,5 millones de euros, a Lactalis, con 11,6 millones de euros y a Nestlé, con 6,8 millones de euros. Esos son los principales importes, a los que hay que sumar los 929.000 euros de la sanción a Schreiber Foods -fabricante de yogures para Mercadona, y los 53.300 euros a Celega, proveedora de Schreiber.
Las otras empresas que habían sido inicialmente sancionadas por Competencia, Capsa, Danone y Puleva, vieron parcialmente estimados sus recursos, ya que la Audiencia le pide a Competencia que recalcule las multas, al entender que alguno de los periodos de sanción están prescritos. En el caso de la Asociación de Empresas Lácteas de Galicia, se le retira la multa, que había sido de 60.000 euros.
El fallo judicial, por tanto, considera acreditado que por parte de las empresas existió un intercambio de información sobre precios, a fin de acordarlos, así como otras prácticas irregulares, como los pactos sobre granjas proveedoras. Todos estos comportamientos, entiende la Audiencia, perjudicaron el poder de negociación de los ganaderos durante el periodo 2000 – 2013, por lo que se entienden acertadas las sanciones de Competencia por fijación de precios y reparto del mercado.
Fuente: AGAPROL CAMPO GALEGO