El Ministerio de Agricultura ha reaccionado a las protestas de agricultores y ganaderos de las últimas semanas con la aprobación del Real Decreto-Ley 5/2020 de medidas urgentes en materia de agricultura y alimentación. Esta nueva herramienta promovida por el Gobierno recoge diversas medidas entre las que destacan la modificación de la Ley de la Cadena Alimentaria y la prohibición de la práctica de la venta a pérdidas.
El nuevo paquete supone un reforzamiento de la reglamentación existente y, una vez más, dependerá de todos los agentes implicados en el sector el cumplimiento o no de las mismas. El sector lácteo en España es uno de los que cuenta con mayor número de medidas de control y las novedades ahora presentadas viene a reforzar ese marco a la vez que a volver a poner sobre la mesa le necesidad de que sean cumplidas. El tiempo dirá si las nuevas y positivas aportaciones son efectivamente exigidas y las consecuencias que su incumplimiento pudiera tener.
Las medidas impulsadas por el departamento de Luis Planas que más afectan específicamente a los ganaderos españoles son las siguientes:
- Los contratos habrán de tener en cuenta los costes de producción de los ganaderos y se prohíbe establecer precios por debajo de ese umbral.
- El Decreto Ley también prohibe la utilización de índices que hagan referencia a precios participados por las industrias lácteas como venía ocurriendo hasta ahora en los contratos refererenciados al índice FEGA.
- El Decreto-Ley reitera la prohibición de venta a pérdidas y el compromiso de que deberá pagar a la industria inmediatamente anterior un precio igual o superior al coste efectivo de producción de tal producto que ha pagado previamente.
- La distribución no podrá emplear la leche como un producto reclamo en sus promociones comerciales. Las promociones deberán ser pactadas entre las partes y habrán de hace referencia a los precios de cesión, los volúmenes y los plazos en los que tendrán vigencia.
- Los agentes que incumplan la normativa verán como las sanciones impuestas son hechas públicas en los casos en que se consideren graves o muy graves. En este apartado también se especifica que realizar modificaciones del precio incluido en el contrato que no estén expresamente pactadas por las partes; la destrucción de valor en la cadena alimentaria y realizar actividades promocionales que induzcan a error sobre el precio e imagen de los productos serán infracciones graves o muy graves y serán publicadas.
- La AICA (Agencia de Inspección y Control Alimentario) verá reforzado su papel con más medios para llevar a cabo su labor de control.
- Las Comunidades Autónomas cooperan con la AICA en sus tarea de control sobre los contratos lácteos suscritos entre productores e industrias lácteas.
- La Directiva de Prácticas Comerciales Desleales será traspuesta en su totalidad a la normativa española y será de obligado cumplimiento -no sólo voluntario como hasta ahora- a través de la Ley de la Cadena Alimentaria vigente en España.
- Se establecen dos líneas de ayudas por valor de 60 millones de euros para la utilización de fuentes de energía renovables y la aplicación de medidas de eficiencia energética en las explotaciones.
- Se establecen medias de acceso al crédito para ganaderos a través de avales de la SAECA (Sociedad Anónima Estatal de Caución Agraria).
- El Gobierno bonificará la cuota empresarial para impulsar la transformación de contratos temporales a contratos fijos o fijos discontinuos.
- Se extremará la vigilancia sobre las importaciones de productos procedentes de la Unión Europea para garantizar que las mismas cumplan con todos los requisitos que si cumplen la producción en España.
- El Ministerio se compromete a realizar una campaña de comunicación para poner en valor y dignificar la actividad ganadera entre todos los españoles.